Desde Margube, queremos comunicaros que el pasado 29 de septiembre se publicó en el BOE el Real Decreto Ley 18/2021, con el que se aprueba una nueva prórroga de los ERTE y mayores ayudas para las empresas que apuesten por formar a sus trabajadores.
El objetivo principal es mejorar la empleabilidad de los trabajadores afectados por el ERTE. Esto supone desde el 1 de noviembre de 2021, la aparición de una nueva modalidad denominada “ERTE de formación” con mayores exoneraciones en las cotizaciones sociales a la Seguridad Social y un incremento de crédito para la formación.
A continuación, os contamos algunos aspectos importantes sobre este tema…
¿Qué empresas pueden aplicar al ERTE de formación?
Todas aquellas que hayan solicitado la ampliación del ERTE a las autoridades competentes, así como, aquellas organizaciones que presenten un ERTE por impedimento o por limitaciones a la actividad normalizada.
¿Cuándo entran en vigor estas ayudas?
Estas ayudas entrarán en vigor a partir del 1 noviembre del 2021 y se extenderán como mínimo hasta el 28 de febrero del 2022.
¿Qué beneficios suponen?
Las empresas que impulsen la formación de los empleados podrán acceder a mayores exenciones en las cotizaciones a la Seguridad Social. Además, tendrán un incremento en el crédito de formación.
Los porcentajes de exoneración para las empresas varían en función del tamaño de la empresa:
- Empresas de menos de 10 trabajadores: Las exoneraciones en las cuotas a la Seguridad Social alcanzarán el 80% cuando la empresa desarrolle acciones formativas para las personas en ERTE o reducción de jornada y del 50% para el resto.
- Empresas con 10 o más trabajadores: Las exoneraciones en las cuotas a la Seguridad Social alcanzarán el 80% cuando la empresa desarrolle acciones formativas para las personas en ERTE o reducción de jornada y del 40% para el resto.
El incremento del crédito para las empresas que formen a personas trabajadoras en ERTE será de:
- 425€ por persona (Para empresas de 1 a 9 personas trabajadoras)
- 400€ por persona (Para empresas de 10 a 49 personas trabajadoras)
- 320€ por persona (Para empresas de 50 o más personas trabajadoras)
¿Cómo debe ser la formación? ¿Hasta cuándo puedo estar en formación?
La formación podrá ser en cualquiera de las modalidades recogidas en la Ley 30/2015. Podrá ser impartida por la propia empresa, por una empresa externa o por el SEPE.
En función del tamaño de la empresa se establece un mínimo de horas formativas que debe realizar cada persona trabajadora.
- 30 horas en empresas de entre 10 y 49 personas trabajadoras
- 40 horas en empresas de 50 o más personas trabajadoras.
Aunque el periodo que tienen las empresas para acogerse a los beneficios acaba en principio en febrero del 2022, el plazo para la formación es hasta el mes de junio.
¿Qué novedades hay en Fundae? ¿Cómo veremos esto reflejado en el aplicativo?
Lo primero que se está habilitando es una serie de datos en la pestaña de «datos de empresa» en el que se le puede indicar a FUNDAE el número de trabajadores acogidos a ERTE para de este modo poder calcular el crédito de formación adicional que va a tener la empresa.
Este crédito al igual que ocurre con los créditos de formación se debe validar. Por lo que, inicialmente, estarán pendientes de validación.
Otro de los apartados que se van a modificar es el de la pestaña costes. Aquí, junto al crédito disponible “ordinario”, aparecerá el crédito adicional asignado para los trabajadores en ERTE.
Al aplicar la bonificación deberemos seleccionar el crédito sobre el que la vamos a aplicar. Si el trabajador está en ERTE, aplicaremos el crédito asignado a ERTE, si no, aplicaremos el crédito ordinario.
No obstante, nada impide que un trabajador en ERTE utilice el crédito ordinario.
¿Cómo te podemos ayudar?
En Margube, como Centro Homologado de Formación, ponemos a vuestra disposición toda nuestra experiencia como gestores de planes formativos e impartidores de formaciones a medida. Podemos acompañaros en cada paso:
- Realizamos los trámites necesarios en el aplicativo de Fundae para corroborar que se cumplen las condiciones de ERTE a nivel de empresa y trabajadores.
- Presentamos la solicitud y realizamos la gestión documental que requiere cada acción formativa.
- Podemos impartir las formaciones que necesitéis. Además, todas nuestras formaciones son impartidas por profesionales que conocen a la perfección el área que imparten y ajustan sus contenidos a las realidades actuales del mercado y de las empresas.
Si necesitas más información:
- Lourdes Susilla: 688 829 153// 943 202 818 // l.susilla@margube.com
- Mª Luz García: 688 777 351// 943 202 818 //ml.garcia@margube.com